EL
REGLAMENTO
Un
reglamento son una serie de normas que nos ayudan a estar en armonía y a
mantener el orden dentro de una sociedad, las partes elementales de un
reglamento son el titulo y las personas a las que va dirigido el reglamento,
las normas enumeradas por orden de prioridad y estar breve mente especificado
cada punto y que institución promueve dichas reglas, al igual que las consecuencias
de infringir las reglas establecidas.
las normas
de prohibición es todo aquello que no este permitido en la institución, las de
permisión es todo lo que sea posible realizar o incluso una obligación y las de
descripción es una breve explicación a cada una de las anteriores.
REGLAMENTO PARA DICTADO Y TRANSCRIPCIÓN DE CORRESPONDENCIA
1°. Los jefes encargados de dictar la correspondencia, se ajustarán
a estas cualidades de estilo en
materia de redacción:
CLARIDAD,
PRECISIÓN, CONCISIÓN, PROPIEDAD SENCILLEZ Y CORTESÍA.
Principalmente CONCISIÓN, para ahorrar tiempo en el dictado.
2°. Los empleados taquimecanógrafos se regirán por estas normas:
I. Tonar el dictado de acuerdo con la técnica
de escritura correcta:
a) Signos reducidos y proporcionales.
b) Gruesos, delgados y perfiles bien marcados.
c) Espacios cortos entre los estenografías.
d) Estructura uniforme, de trazo suave y seguro.
II. Comprender
el asunto dictado, en el mismo momento en que se dicte:
a) Por la atención prestada.
b) Por la cultura o preparación que se posea.
c) Por el conocimiento del asunto de que se trate.
III. Leer,
antes de la transcripción, el texto dictado., para aclarar o corregir
los
signos, si procede, y puntuar el tema en color distinto
el de la Taquigrafía, para
evitar confusiones.
IV. Hacer la
transcripción a máquina, dentro de estas condiciones del
trabajo eficiente
(MOTE).
a) Mecanografía, sin errores.
b) Ortografía, incluyendo puntuación y acentuación.
c) Transcripción fiel.
d) Acabado estético de mecanógrafa.
V. Comprobar,
antes de presentar a firma las cartas, que son correctas dentro de las
condiciones antedichas.
VI. Agregar,
en su caso los anexos correspondientes.
VII. Tomar nota de las
equivocaciones en que se incurra, para evitarlas en lo sucesivo.
MELCH/darr’
Conjunto de órdenes o reglas que rigen funciones y actividades.